viernes, 30 de enero de 2009

Apoya Cuba en Naciones Unidas la diversidad sexual


El pasado 18 de diciembre Cuba dio un importante apoyo político en la lucha internacional por el reconocimiento de los derechos de los homosexuales, bisexuales y transgéneros, al firmar una declaración sobre el tema presentada ante la Asamblea General de las Naciones Unidas. Llama la atención que ninguno de los grandes medios de prensa, esos que se deleitan acusando a Cuba de todo tipo de violaciones, se hizo eco de la noticia.

El documento, firmado por 66 países y presentado por Argentina en el plenario de la Asamblea, enmarca la diversidad sexual en los derechos humanos y urge a los estados miembros de la ONU a tomar las medidas, sobre todo legislativas, a fin de que la orientación sexual y la identidad de género “bajo ninguna circunstancia” sean castigadas de manera penal. (Lea el texto a continuación de este post y los países firmantes)

El texto expresa alarma "por la violencia, acoso, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicio que se dirigen contra personas de todos los países del mundo por causa de su orientación sexual o identidad de género" y hace un llamado a evitar que por ello se realicen prácticas como “el uso de la pena de muerte; ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el arresto o detención arbitrarios, y la denegación de derechos económicos, sociales y culturales, incluido el de la salud”.

Haciendo un poco de historia, la iniciativa había sido presentada inicialmente por Francia, en mayo del 2008, y es el primer resultado concreto del llamado Comité IDaHo (siglas en inglés del “Día Internacional Contra la Homofobia”, que se instauró en el año 2006 y que Cuba ha conmemorado ya dos años consecutivos).

A pesar de las intensas negociaciones, el documento no pudo presentarse como resolución y recibió el apoyo de sólo la tercera parte de los miembros de la ONU. Esto explica lo poco que se ha logrado sobre el tema en el más importante foro político mundial, sobre todo por las dificultades que aún enfrenta hablar de esto con muchos países.

Incluso un grupo de delegaciones presentaron en la Asamblea General una “contra-declaración”, que incluye a 58 países islámicos y fue leída por el Embajador de Siria. En ella se advierte que la homosexualidad podría "conducir a la normalización social y probablemente la legitimación de muchos actos deplorables, como la pedofilia". Más grave aún, acusan al documento inicial como una injerencia en los asuntos internos de los países.

Según los medios de prensa, en más de 80 Estados todavía hay leyes que castigan la homosexualidad, incluso con la pena de muerte (por ejemplo: en Arabia Saudita, Emiratos Árabes, Irán, Mauritania, Nigeria, Sudán y Yemen). En la mitad de ellos son un rezago de las "leyes de sodomía" de la colonización británica, que ponían bajo sospecha las costumbres sexuales de los pueblos conquistados. En 36 de estos países, las referidas leyes derivan de una sola ley sobre conducta homosexual, que el gobierno colonial británico impuso en la India en el siglo XIX.

Sin embargo, entre los países que no firmaron la Declaración llama la atención el caso de Estados Unidos, cuya delegación argumentó que el sistema federal le impide tomar este tipo de compromisos. Otros no firmantes destacables fueron China, Rusia y el Vaticano, que es observador permanente ante la ONU y de quienes se esperaba un pronunciamiento negativo, pero asombrosamente su delegado se mantuvo en silencio.

Vale la pena aclarar que, entre los documentos que puede aprobar la Asamblea General de las Naciones Unidas, una “declaración” tiene una trascendencia menor que una “resolución”. La primera se realiza con la aprobación de un grupo de Estados y no tiene carácter vinculante alguno. La segunda tiene que ser aprobada por mayoría simple de los votantes en el plenario de la Asamblea y, aunque tampoco tiene obligatoriedad para los Estados, su aprobación tiene una connotación política mayor.

Pero lo más importante con esta Declaración es que se trata de la primera vez que se lleva el tema a la AGNU y se logra aprobar algún documento concreto al respecto. Constituye un mensaje claro del gobierno cubano la voluntad política de luchar contra las discriminaciones por orientación sexual e identidad de género, de lo cual podemos estar orgullosos.

A pesar de ello, la prensa cubana tampoco habló del tema. Hay mucho todavía por hacer en casa.

TEXTO DE LA DECLARACIÓN:

Tenemos el honor de efectuar esta intervención sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género en nombre de Albania, Alemania, Andorra, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Cabo Verde, Canadá, Chile, Chipre, Colombia, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gabón, Georgia, Grecia, Guinea Bissau, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, la Antigua República Yugoeslava de Macedonia, Malta, Mauricio, México, Montenegro, Nepal, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Paraguay, Polonia, Portugal, el Reino Unido, República Centroafricana, República Checa, República Eslovaca, Rumania, San Marino, San Tomás y Príncipe, Serbia, Suecia, Suiza, Timor-Leste, Uruguay y Venezuela.

1. Reafirmamos el principio de la universalidad de los derechos humanos, tal y como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuyo 60º aniversario se celebra este año. En su artículo 1, establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

2. Reafirmamos que todas las personas tienen derecho al goce de sus derechos humanos sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, tal como lo establecen el artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 2 de los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

3. Reafirmamos el principio de no discriminación, que exige que los derechos humanos se apliquen por igual a todos los seres humanos, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.

4. Estamos profundamente preocupados por las violaciones de derechos humanos y libertades fundamentales basadas en la orientación sexual o identidad de género.

5. Estamos, asimismo, alarmados por la violencia, acoso, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicio que se dirigen contra personas de todos los países del mundo por causa de su orientación sexual o identidad de género, y porque estas prácticas socavan la integridad y dignidad de aquéllos sometidos a tales abusos.

6. Condenamos las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual o la identidad de género dondequiera que tengan lugar, en particular el uso de la pena de muerte sobre esta base, las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, la práctica de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el arresto o detención arbitrarios y la denegación de derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo el derecho a la salud.

7. Recordamos la intervención pronunciada en 2006 ante el Consejo de Derechos Humanos por cincuenta y cuatro países, solicitando al Presidente del Consejo que brindara una oportunidad, en una futura sesión adecuada del Consejo, para el debate sobre estas violaciones.

8. Elogiamos la atención que a estas cuestiones prestan los titulares de procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y órganos de tratados, y los alentamos a continuar integrando la consideración de las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual o identidad de género dentro de sus mandatos relevantes.

9. Recibimos con beneplácito la adopción de la resolución AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08) sobre “Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género” por parte de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos durante su 38ª sesión el 3 de junio de 2008.

10. Hacemos un llamado a todos los Estados y mecanismos internacionales relevantes de derechos humanos a que se comprometan con la promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas, independientemente de su orientación sexual e identidad de género.

11. Urgimos a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias, en particular las legislativas o administrativas, para asegurar que la orientación sexual o identidad de género no puedan ser, bajo ninguna circunstancia, la base de sanciones penales, en particular ejecuciones, arrestos o detención.

12. Urgimos a los Estados a asegurar que se investiguen las violaciones de derechos humanos basados en la orientación sexual o la identidad de género y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.

13. Urgimos a los Estados a asegurar una protección adecuada a los defensores de derechos humanos, y a eliminar los obstáculos que les impiden llevar adelante su trabajo en temas de derechos humanos, orientación sexual e identidad de género
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