viernes, 20 de junio de 2014

Primera ley en Cuba que protege explícitamente a las personas por su orientación sexual

Ayer fue publicado –¡al fin!– el texto definitivo del nuevo Código de Trabajo (Ley 116/2013) después de seis meses de su discusión y aprobación en la Asamblea Nacional, con un largo proceso de análisis previo en todos los centros laborales del país durante el año 2013.

Mucho se ha hablado en la prensa nacional sobre esta nueva ley, sobre todo por legislar incluso las relaciones de trabajo en el entorno de las empresas del sector no estatal, algo necesario ante su crecimiento exponencial y, por ende, la necesidad de proteger a quienes allí se emplean.

Sin embargo hay un elemento al que nuestros medios –tan pacatos para hablar de sexualidad, especialmente si de homosexualidad se trata– no le han dado ninguna importancia y tiene una trascendencia extraordinaria: es la primera ley en Cuba que legisla explícitamente en función de proteger a trabajadores y trabajadoras en contra de la discriminación por su orientación sexual.

Para ser más precisos, el artículo 2 inciso b) establece, como principios fundamentales que rigen el derecho de trabajo en Cuba, la no discriminación por orientación sexual entre otras distinciones que sean lesivas a la dignidad humana, como el color de la piel, el género, las creencias religiosas, el origen territorial y la discapacidad.

Algunas personas pudieran considerar que es poca cosa, otras creen que no es necesario hacerlo de forma explícita cuando se habla de “cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana”. Pero estamos hablando de numerosas personas gays y lesbianas que, a pesar de que la Constitución de la República y el anterior Código de Trabajo tenían esa fórmula generalizadora, al estar implícito les ha costado todo tipo de discriminaciones en sus puestos de trabajo a partir de su orientación sexual. Y los ejemplos sobran.

En una sociedad machista como la nuestra –donde la norma heterosexual y el comportamiento patriarcal han marcado la formación misma de nuestra nacionalidad y de nuestra historia– un paso así es trascendental y merece el reconocimiento adecuado. No sólo por el cambio que implica en el paradigma de respeto hacia las demás personas, y la dignidad humana de ellas, sino para que todo el mundo sepa que es ilegal este tipo de acciones –tanto empleadores homofóbicos como las posibles víctimas– y se conozcan los recursos legales a utilizar en caso de que sucedan, en lo adelante.

De hecho, debemos estar orgullosos y mostrarlo como un gran paso de avance pues en el mundo solo 65 naciones tienen legislaciones para proteger los derechos de estas personas y, con esta nueva ley, Cuba se suma a los 9 países y 28 entidades que ya las tienen en Latinoamérica y el Caribe. Sin hablar de los 11 Estados que en el hemisferio occidental todavía criminalizan la homosexualidad –con prisión y hasta cadena perpetua–, todos ellos en la región del Caribe.*

Aunque tampoco es para dormirnos en los laureles: es un buen paso pero insuficiente, pues la legislación aprobada falla al hablar solo de “orientación sexual” y no de “identidad de género”, por lo que deja fuera a las personas trans y cualquier otra forma que se separe de las normas preconcebidas. No por casualidad ambos conceptos van de la mano en el lenguaje actual para el reconocimiento de estos derechos: queda demostrado que la falta de conocimiento –ante la ausencia de una adecuada educación pública al respecto– limita mucho su comprensión a todos los niveles.

Es por eso que, al menos en Cuba, muchas personas ignoran la diferencia entre ambos términos y cuando se habla de homosexualidad se entiende también a las llamadas transidentidades (travestis, transexuales, transformistas, etc.).

Es cierto además que la nueva legislación, al hablar de “género” y no de “sexo” –como decía la anterior–, pudiera incluir a todas las identidades de género. Pero al dejarlo implícito, a que los tribunales que apliquen la ley hagan una interpretación científicamente correcta, ya sabemos que puede dar pie a muchas injusticias que debieron ser evitadas en la nueva redacción.

Lo imperdonable es que no faltaron voces en el Parlamento para aclarar esta situación, pues algunas personas expertas en la materia –lideradas por la Directora del CENESEX, la diputada Mariela Castro Espín– insistieron en este particular, para que no sucediera.

Aún así, la “Comisión de Estilo” que decidió la redacción final del texto legal prefirió ignorarlo –sobre la base de sus prejuicios y no de los argumentos científicos aportados–, llamando la atención sobre fallas en nuestra democracia: que sea aprobada una ley en nuestro máximo órgano legislativo sin tener clara su letra definitiva ni tomar en cuenta la opinión –y, en un final, la decisión– de todos nuestros representantes.

Mal precedente cuando muchos aspiramos a seguir avanzando en la actualización de nuestra sociedad y lograr –como en Argentina, Uruguay, Brasil, Colombia, Ecuador y cada vez más lugares de nuestro continente– la unión legal para parejas del mismo sexo, además del derecho a la adopción y el matrimonio igualitario para quienes así lo deseen, basados en el mismo principio de la igualdad y la dignidad humana para todas las personas.

La Habana, 19 de junio de 2014


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* Datos tomados del sitio web de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA): http://old.ilga.org/Statehomophobia/ILGA_Homofobia_de_Estado_2013.pdf

1 comentario:

  1. Su comentario ha sido muy bueno, crítico y oportuno, aunque pudiera haber mencionado que faltan en la lista otros elementos que pudieran conllevar a discriminación como son la edad, la procedencia social, la orientación política, etc. Cuando de listas se tratan, siempre hay alguna que queda fuera porque sería interminable, buscando encontré países que incluyen "la talla pequeña" o sea el enanismo, otros hablan de la situación familiar, etc. Son muchas las causas que provocan discriminación, pero me sumo a que es un serio avance haber incluido la orientación sexual y el género en lugar de sexo, pues se interpreta la identidad y la eliminación de lo femenino y masculino para el otorgamiento de un trabajo.

    También vi durante los debates en la Asamblea las intervenciones en torno al tema y quiero disculparme si me perdí alguna otra intervención, pero creo que fueron 4 los que intervinieron sobre este tema, donde hay más de 200 diputados, por lo que aún falta mucho para que se logre ese consenso que todos hablan y al menos yo no noté. Y siempre tiene que haber una Comisión de estilo, es imposible que la Asamblea con todos sus miembros redacten una norma, que para mi entender ha tenido avances, quedan muchas cuestiones por incluir en un futuro, pero todo a su tiempo.

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